Pensión compensatoria y su temporalidad

Publicado: 11 de septiembre de 2024, 13:57
  1. DERECHO CIVIL
Pensión compensatoria y su temporalidad

Presupuestos de la pensión compensatoria del art. 97 CC
Como dice la STS 453/2018, 18 de Julio de 2018, [j 1] la razón de ser de la pensión compensatoria está en relación con la comunidad de disfrute entre dos personas -unidas por matrimonio- de una determinada posición económica, lo que da lugar a que -extinguido el vínculo- deba ser compensado aquel de los cónyuges que sufre un desequilibrio perjudicial respecto de la situación en que se encontraba vigente el matrimonio; compensación que se extinguirá cuando esa comunidad de disfrute se instaura de nuevo con otra persona.

Por tanto, son presupuestos para reclamar la pensión compensatoria:

Que el cónyuge solicitante pruebe que ha sufrido un empeoramiento en su situación económica en relación a la que disfrutaba en el matrimonio y respecto a la posición que disfruta el otro cónyuge.
No se requiere, por tanto, la prueba de la necesidad (véase, en este sentido, las STS de 17 de octubre de 2008 [j 2] y de 21 de noviembre de 2008 [j 3], entre otras).

El derecho a reclamar la pensión debe existir en el momento de la ruptura, sin que deban tenerse en cuenta los hechos que hayan tenido lugar durante la separación y el divorcio, o en un momento posterior.
La STS 9 de febrero de 2010 [j 4] sienta como doctrina jurisprudencial que:

el desequilibrio que genera el derecho a la pensión compensatoria debe existir en el momento de la ruptura matrimonial, aunque se acuerde el pago de alimentos a uno de los cónyuges, sin que el momento del divorcio permita examinar de nuevo la concurrencia o no del desequilibrio y sin que la extinción del derecho de alimentos genere por sí mismo el derecho a obtener la pensión compensatoria.

Noticias relacionadas

Tribunal Supremo (Civil), sec. 1ª, S 17-11-2025, nº 1637/2025, rec. 9557/2024 PTE.: Parra Lucán, María de los Angeles ROJ: STS 5076:2025 ECLI: ES:TS:2025:5076 Resumen: Arrendamientos urbanos. Gastos individualizados. IBI y tasa de basura. Afirma el TS que 28 ene

Tribunal Supremo (Civil), sec. 1ª, S 17-11-2025, nº 1637/2025, rec. 9557/2024 PTE.: Parra Lucán, María de los Angeles ROJ: STS 5076:2025 ECLI: ES:TS:2025:5076 Resumen: Arrendamientos urbanos. Gastos individualizados. IBI y tasa de basura. Afirma el TS que

28/01/2026 DERECHO CIVIL
SEGUNDO.-  Recurso de casación. 1. Formulación del motivo. El motivo denuncia la infracción del art. 20.1 LAU (EDL 1994/18384) y, para justificar el interés casacional, invoca la existencia de jurisprudencia contradictoria entre las distintas audiencias provinciales. Solicita del tribunal que
Sentencia del Tribunal Supremo (Civil), sec. 1ª, S 24-11-2025, nº 1683/2025, rec. 9397/2023 21 ene

Sentencia del Tribunal Supremo (Civil), sec. 1ª, S 24-11-2025, nº 1683/2025, rec. 9397/2023

21/01/2026 DERECHO CIVIL
3.2. Para resolver el recurso debemos partir del marco normativo y jurisprudencial. Sobre la modificación de la pensión , el art. 100 CC (EDL 1889/1) (en la redacción dada por la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria (EDL 2015/109914)), establece: «Fijada la pensión y las
SENTENCIA AP A Coruña, sec. 3ª, A 11-12-2024, nº 194/2024, rec. 641/2024 12 ene

SENTENCIA AP A Coruña, sec. 3ª, A 11-12-2024, nº 194/2024, rec. 641/2024

12/01/2026 DERECHO CIVIL
SEGUNDO.-  Objeto del litigio.- La cuestión litigiosa planteada puede resumirse en los siguientes términos: 1.º) En la división judicial de la herencia de los difuntos cónyuges don Carmelo y doña Hortensia, en la que son interesados doña Adriana, don Matías, don Jesús Carlos, don Juan, don Justino
CONTRATO VITALICIO INCUMPLIMIENTO OBLIGACIONES POR PARTE DEL ALIMENTISTA-CESIONARIO 19 nov

CONTRATO VITALICIO INCUMPLIMIENTO OBLIGACIONES POR PARTE DEL ALIMENTISTA-CESIONARIO

19/11/2025 DERECHO CIVIL
SENTENCIA DE AP Pontevedra, sec. 1ª, S 28-03-2025, nº 176/2025, rec. 717/2024: "La Sala ha examinado en su totalidad el material probatorio aportado al proceso, que valoramos con plena jurisdicción. Podemos anticipar la conclusión sobre la realidad del incumplimiento de las obligaciones de