04/02/2025
DERECHO LABORAL
Lo relevante para el caso que nos ocupa es que de acuerdo con la doctrina unificada por la Sala Cuarta del Tribunal Supremo los bienes adquiridos por vía hereditaria no se consideran renta a efectos del cómputo de ingresos que limita el acceso a las pensiones no contributivas, aunque sus frutos y rendimientos, reales o presuntos, sí habrán de computarse como tal ( sentencia de 28 de septiembre de 2012, RCUD 3321/2011 ), un criterio que el Tribunal Supremo ha extendido posteriormente al subsidio ...
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