01/02/2019
                                                    DERECHO CIVIL 
                                                
                                                    Fundamentos de Derecho:
Primero. El artículo 18 de la Ley Hipotecaria, en su número 1 señala que los Registradores calificarán, bajo su responsabilidad, la legalidad de las formas extrínsecas de los documentos de toda clase, en cuya virtud se solicite la inscripción, así como la capacidad de los otorgantes y la validez de los actos dispositivos contenidos en las escrituras públicas, por lo que resulte de ellas y de los asientos del Registro.
Segundo. El artículo 100 del Reglamento Hipotecario ...
                                                
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