Pensión compensatoria de las parejas de hecho

Publicado: 15 de marzo de 2018, 09:23
  1. DERECHO CIVIL
Pensión compensatoria de las parejas de hecho

El presupuesto para conceder pensión compensatoria es que haya habido matrimonio. Nada impide, sin embargo, como dice la Sentencia nº 17/2018 de TS, Sala 1ª, de lo Civil, 15 de Enero de 2018 [j 47] los pactos entre los convivientes por los que, al amparo del art. 1255 CC, adopten acuerdos en los que prevean compensaciones por desequilibrios en el momento de la ruptura de la convivencia.

A falta de tales pactos, como dice la sentencia citada no existe una previsión legal que contemple para el caso de extinción de la pareja una compensación de ningún tipo (ni alimenticia en caso de necesidad, ni por desequilibrio, ni por haber trabajado para el hogar o para el otro cónyuge).

Ciertamente, en algunas sentencias se acude a la doctrina del enriquecimiento injusto para conceder una compensación, pero debe haber habido realmente dicho enriquecimiento; la doctrina del enriquecimiento injusto requiere la concurrencia de un aumento del patrimonio del enriquecido, un correlativo empobrecimiento del actor, la falta de causa que justifique el enriquecimiento y la inexistencia de un precepto legal que excluya la aplicación de tal principio.

Noticias relacionadas

Fraude digital y operaciones de pago no autorizadas. Comentario a la STS 571/2025, 9 de abril de 2025 16 may

Fraude digital y operaciones de pago no autorizadas. Comentario a la STS 571/2025, 9 de abril de 2025

16/05/2025 DERECHO CIVIL
Resumen de antecedentes   Antes de entrar a analizar en profundidad la resolución del recurso de casación objeto de la STS 571/2025, 9 de abril de 2025, es necesario tener presente los antecedentes del caso.     Una persona titular de varias cuentas bancarias y de un contrato de banca a
Los medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional (MASC) 14 may

Los medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional (MASC)

14/05/2025 DERECHO CIVIL
Una de las finalidades principales de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero , de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, es la instauración de medios adecuados para la resolución de conflictos en vía no jurisdiccional, con la voluntad, por un lado, de potenciar la
El TJUE aclara los requisitos de transparencia en las cláusulas de comisión de apertura hipotecaria 6 may

El TJUE aclara los requisitos de transparencia en las cláusulas de comisión de apertura hipotecaria

06/05/2025 DERECHO CIVIL
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea mediante las sentencias dictadas el día 30 de abril de 2025, en los asuntos C-699/23 y C-39/2024, ha resuelto las cuestiones prejudiciales planteadas por el el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 6 de Ceuta y el Juzgado de Primera Instancia n.º
Medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional 7 abr

Medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional

07/04/2025 DERECHO CIVIL
Artículo 2 Concepto y caracterización de los medios adecuados de solución de controversias en vía no jurisdiccional.A los efectos de esta ley, se entiende por medio adecuado de solución de controversias cualquier tipo de actividad negociadora, reconocida en esta u otras leyes, estatales o