El Supremo advierte que la gestación por sustitución vulnera los derechos de madres y niños

Publicado: 07 de abril de 2022, 10:39
  1. DERECHO CIVIL
El Supremo advierte que la gestación por sustitución vulnera los derechos de madres y niños

El Tribunal Supremo declara que el contrato de gestación por sustitución del caso enjuiciado entraña un daño al interés superior del menor y una explotación de la mujer que son inaceptables. Ambos son tratados como meros objetos, no como personas dotadas de la dignidad propia de su condición de seres humanos y de los derechos fundamentales inherentes a esa dignidad.

La vía de la adopción satisface el interés superior del menor

Según esta sentencia del Tribunal Supremo, la satisfacción del interés superior del menor en este caso conduce a que el reconocimiento de la relación de filiación a la madre comitente deba obtenerse por la vía de la adopción. Esta solución satisface el interés superior del menor como exige el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, pero a la vez intenta salvaguardar los derechos fundamentales que el citado tribunal también ha considerado dignos de protección, como son los derechos de las madres gestantes y de los niños en general.

El pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha resuelto en esta sentencia un recurso de casación interpuesto por el Ministerio Fiscal contra una sentencia que había declarado la filiación materna respecto de una persona que no es la madre biológica de un niño nacido de una gestación por sustitución, sin aportar material genético propio, llevada a cabo en México mediante un contrato en el que intervino una agencia mediadora.

La gestación por sustitución comercial vulnera los derechos fundamentales

El Tribunal Supremo ya declaró en su sentencia de pleno 835/2013 que los contratos de gestación por sustitución vulneran los derechos fundamentales, tanto de la mujer gestante como del niño gestado, y son por tanto manifiestamente contrarios a nuestro orden público.

Estos contratos son nulos de pleno derecho conforme al art. 10 de la Ley de Técnicas de Reproducción Asistida y vulneran gravemente los derechos fundamentales reconocidos en nuestra Constitución y en la Convención sobre los Derechos del Niño.

Noticias relacionadas

Dies a quo del plazo de prescripción en la acción de reclamación de gastos hipotecarios con posterioridad a la sentencia del TJUE de 25 de enero de 2024 21 mar

Dies a quo del plazo de prescripción en la acción de reclamación de gastos hipotecarios con posterioridad a la sentencia del TJUE de 25 de enero de 2024

21/03/2024 DERECHO CIVIL
La Sección nº 15 de la Audiencia Provincial de Barcelona, mediante sentencia 64/2024 de 15 de marzo, ha establecido el criterio para determinar el inicio del plazo de prescripción aplicable a la reclamación de cláusulas abusivas. Aunque dicha resolución aún no se encuentra disponible, representa
Contenido de la demanda en el juicio verbal 15 mar

Contenido de la demanda en el juicio verbal

15/03/2024 DERECHO CIVIL
El concreto contenido de la demanda vendrá determinado por la pretensión que en cada caso se ejercite, siendo el mínimo el que aparece mencionado en el formulario y en el art. 437 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil (LEC) . No obstante lo anterior, y junto a lo que es el
Interés superior del menor. Motivación reforzada. Pensión de alimentos 1 mar

Interés superior del menor. Motivación reforzada. Pensión de alimentos

01/03/2024 DERECHO CIVIL
Sobre la base de esta argumentación, en sí misma respetuosa con el derecho a una motivación reforzada y en aplicación del interés superior del menor, la sentencia de 22 de julio de 2015, invocada aquí por la del juzgado a quo , resuelve sin embargo que “se fija una pensión de alimentos, abonable
Pensión de alimentos 2 feb

Pensión de alimentos

02/02/2024 DERECHO CIVIL
La obligación de los padres de alimentar a los hijos y contribuir a su formación, sustento y educación integral es una obligación inherente al ejercicio de la patria potestad ; así lo ordena el artículo 154 del Código Civil (CC), (que ha sido redactado de nuevo por la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de