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DERECHO CIVIL
En las arras penitenciales, la devolución doblada procede no solo ante un desistimiento expreso del vendedor, sino también cuando su conducta incumplidora revela de forma inequívoca la voluntad de apartarse del contrato. Se reafirma la distinción entre desistimiento del art. 1454 CC y resolución por incumplimiento del art. 1124 CC, pero se admite su convergencia funcional cuando el incumplimiento equivale materialmente a desistir. Se estima el recurso de casación.
SEGUNDO.- Recurso de casación....
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