Comunidad de propietarios. Elección de presidente

Publicado: 14 de octubre de 2015, 16:45
  1. DERECHO CIVIL
La elección de un presidente no propietario en una comunidad de propietarios sometida al régimen de propiedad horizontal es un acto contrario a la ley y por tanto, radicalmente nulo e insubsanable. SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO, SALA DE LO CIVIL, DE FECHA 23/09/2015

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