ALIMENTOS A MENORES. DIES A QUO. DETERMINACIÓN DE OFICIO.

Publicado: 20 de abril de 2022, 08:55
  1. DERECHO CIVIL

El Alto Tribunal reitera que con respecto a la imposición de la obligación de los alimentos, no es necesario que la parte fije el dies a quo, pues de acuerdo con el art. 148 del C. Civil, se habrá de fijar desde la interposición de la demanda, cuando es la primera vez que se determina. Unido ello a que de acuerdo con el art. 93 del C. Civil, el juez determinará la pensión alimenticia a los menores "en todo caso", lo cual significa, que no está condicionado a la petición de las partes. Se estima el recurso de casación.

A la vista de la referida doctrina debemos declarar que no es necesario que la parte fije el dies a quo de la pensión alimenticia, pues de acuerdo con el art. 148 del C. Civil, se habrá de fijar desde la interposición de la demanda, cuando, como en este caso, es la primera vez que se determina, unido ello a que de acuerdo con el art. 93 del C. Civil, el juez determinará la pensión alimenticia a los menores "en todo caso", lo cual significa, que no está condicionado a la petición de las partes.

En conclusión, debe estimarse el recurso de casación y asumiendo la instancia, casamos parcialmente la sentencia recurrida, en el sentido de establecer que la pensión alimenticia se abonará desde la fecha de interposición de la demanda.

Noticias relacionadas

AUTO AP A Coruña de 9 mayo de 2025 nº 74/2025, rec. 115/2025 12 nov

AUTO AP A Coruña de 9 mayo de 2025 nº 74/2025, rec. 115/2025

FUNDAMENTOS DE DERECHO Se aceptan los de la resolución recurrida, yPRIMERO.-  Se interpone recurso de queja, al amparo del art. 494 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su redacción anterior (EDL 1881/1) a la reforma operada por el Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre (EDL 2023/23751), por
Compra de vivienda sobre plano: responsabilidad del administrador de la sociedad promotora por no asegurar las cantidades entregadas a cuenta (RM 9/25 Septiembre 2025) 23 oct

Compra de vivienda sobre plano: responsabilidad del administrador de la sociedad promotora por no asegurar las cantidades entregadas a cuenta (RM 9/25 Septiembre 2025)

23/10/2025 DERECHO CIVIL
El administrador de una sociedad promotora inmobiliaria responde solidariamente frente a los compradores de la devolución de las cantidades entregadas a cuenta durante el proceso de construcción, cuando incumple la obligación legal de garantizar su devolución mediante contrato de seguro o aval
La reducción de los intereses a reclamar como fórmula de ofrecimiento de negociación en los MASC ante reclamación de deuda 6 oct

La reducción de los intereses a reclamar como fórmula de ofrecimiento de negociación en los MASC ante reclamación de deuda

06/10/2025 DERECHO CIVIL
Desde el pasado 3 de abril no se puede acudir a un órgano judicial de los nuevos tribunales de instancia, en sus secciones de lo civil, para presentar una demanda sin haber acudido con carácter previo a un medio extrajudicial de solución de conflictos como requisito de procedibilidad antes de
Extinción de la sociedad civil por voluntad unilateral de un socio 25 sep

Extinción de la sociedad civil por voluntad unilateral de un socio

25/09/2025 DERECHO CIVIL
La denuncia unilateral del contrato de sociedad hecha por un socio debe efectuarse de buena fe, en tiempo oportuno y ponerse en conocimiento del resto de socios. TS 12-6-25,Se analiza en esta sentencia el derecho del socio de una sociedad civil a extinguir por su voluntad unilateral el contrato de