Práctico Tráfico y Seguridad Vial. Funcionamiento del permiso y licencia por puntos

Publicado: 14 de febrero de 2017, 12:22
  1. DERECHO MERCANTIL

Bajo el epígrafe "funcionamiento del permiso y licencia por puntos" se analiza la mecánica del permiso y licencia de conducción por puntos en cuanto a la adquisición, mantenimiento, pérdida y control del saldo de puntos asignado a cada autorización administrativa para conducir.

Sistema del permiso de conducir por puntos en materia de tráfico y seguridad vial
Planteamiento del sistema del permiso y licencia por puntos
El permiso de conducir por puntos es un sistema por el que se establece, como requisito para mantener la vigencia de la autorización administrativa, la conservación de, al menos, alguno de los puntos asignados al titular de esa autorización en el momento de su otorgamiento, lo que se plasma al establecer en el art. 71.1del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (TRLTSV) que:

"El organismo autónomo Jefatura Central de Tráfico declarará la pérdida de vigencia del premiso o licencia de conducción cuando su titular haya perdido la totalidad de los puntos asignados, como consecuencia de la aplicación del baremo recogido en los anexos II y IV. Una vez constatada la pérdida total de los puntos que tuviera asignados, la Administración, en el plazo de quince días, notificará al interesado el acuerdo por el que se declara la pérdida de vigencia de su permiso o licencia de conducción."
Así pues, la vigencia de la autorización (permiso o licencia de conducción) está supeditada a la conservación por su titular en todo momento de, al menos, uno de esos puntos. Se establece una cuenta, con un saldo inicial de puntos, que pueden aumentar o disminuir y que caso de quedarse vacía supone la pérdida (de la vigencia) de la autorización que habilita la conducción de vehículos.

Los puntos atribuidos al titular de la autorización para conducir pueden perderse por la comisión de determinadas (que no de todas) infracciones graves y muy graves y, pueden obtenerse por el transcurso del tiempo sin cometer infracciones graves o muy graves o mediante cursos cuya realización permite la obtención de puntos, ya sea porque el titular se ha quedado sin puntos y quiere volver a obtener la autorización o porque su saldo de puntos es escaso y no quiere exponerse a la pérdida total de puntos y la consiguiente privación del permiso o licencia de conducción.

Baremo objetivo en el permiso y licencia por puntos
El TRLTSV lo que hace al introducir el sistema del permiso o licencia por puntos es establecer un baremo objetivo en cuanto a lo que debe de entenderse por un buen conductor y lo que no debe de entenderse por tal.

Se entiende que una persona puede seguir conduciendo cuando mantiene su saldo de puntos en positivo (aunque sea con un único punto) ya que mantiene los requisitos exigidos para el otorgamiento de la autorización ( art. 61.3 y 71.1 TRLTSV ).

Los mecanismos establecidos para la adquisición, la pérdida, la adición automática y la recuperación de puntos se asocian a determinadas conductas, al transcurso de espacios de de tiempo, a la realización de cursos que supone la determinación, en términos por todos conocidos y objetivos, del estándar de tolerancia, de lo que es la frontera entre el infractor ocasional y el habitual (el reincidente o multirreincidente).

Finalidad del sistema del permiso y licencia por puntos
De esta forma el objetivo que el sistema establece para el titular de un permiso o licencia de conducción (que pretenda mantener la vigencia de esa autorización) es que el resultado de la suma de infracciones cometidas (eso sí, con sanciones firmes en vía administrativa) no conlleve la pérdida, en un momento concreto y determinado, de todos los puntos a la vez (en un instante concreto y determinado), puesto que ese titular puede llegar a perder muchos puntos a lo largo del tiempo y, sin embargo, no estar, en ningún momento, sin un solo punto.

El sujeto al que se dirige el sistema del permiso de conducir por puntos, es al conductor como persona obligada a cumplir con las normas establecidas en el TRLTSV , y es al conductor al que se dirige el sistema en su doble vertiente de, por un lado, reeducación y eliminación de comportamientos nocivos y, por otro, sujeto al que impedir la conducción de vehículos por no ser apto para ello.

Sistema de puntos en materia de tráfico y seguridad vial: Asignación y pérdida
Asignación de puntos en materia de tráfico y seguridad vial
Los puntos forman parte de la propia autorización administrativa que habilita la conducción de vehículos de manera que “su vigencia estará también condicionada a que su titular no haya perdido el crédito de puntos asignado" ( art. 61.3 TRLTSV ), lo que supone que esa referencia efectuada a la titularidad de los puntos se está realizando al titular por medio (medialmente) de la propia autorización. De esta manera los puntos forman parte esencial de la propia autorización administrativa, se integran en ella y la conforman.

Al obtener la autorización que permite la conducción de vehículos (el permiso o la licencia) se obtienen 8 puntos. Aunque para ello la norma lo establece de una forma peculiar al establecer, en el art. 63.1, TRLTSV , que la vigencia del permiso o la licencia de conducción estará condicionada a que su titular no haya perdido su asignación total de puntos, que será de 12 puntos, con las excepciones siguientes:

Titulares de un permiso o licencia de conducción con una antigüedad no superior a tres años, salvo que ya fueran titulares de otro permiso de conducción con aquella antigüedad: ocho puntos, art. 63.2 a), TRLTSV .
Titulares de un permiso o licencia de conducción que, tras perder su asignación total de puntos, han obtenido nuevamente el permiso o la licencia de conducción: ocho puntos, art. 63.2 b), TRLTSV .
Así pues (y aunque se considera que el crédito inicial es de doce puntos), ocho son los puntos con los que se parte cuando se obtiene la autorización por primera vez o cuando se recupera (tras cumplir con los requisitos establecidos) tras haberla perdido.

Pérdida de puntos en materia de tráfico y seguridad vial
La forma en la que se produce la pérdida, y consiguiente reducción del saldo de puntos de conductor, siempre es la misma, mediante la comisión de infracciones graves o muy graves que, conforme a lo establecido en el Anexo II, TRLTSV , tengan atribuida (asociada) la pérdida de puntos. El sistema relaciona, por tanto, la norma de comportamiento establecida con la infracción administrativa tipificada, y a la infracción con la sanción prevista para ella ( arts. 80, 81 y Anexo IV, TRLTSV ) y, en su caso, con la pérdida de puntos establecida en el Anexo II, TRLTSV y en el Anexo IV, TRLTSV (para las infracciones por exceso de velocidad). Ver los Anexos II y IV TRLTSV .

El art. 64.4, TRLTSV contiene una previsión especial al establecer que:

"Los conductores no perderán más de ocho puntos por acumulación de infracciones en un solo día, salvo que concurra alguna de las infracciones muy graves a que se refieren los párrafos a), c), d), e), f), g), h) e i) del artículo 77, en cuyo caso perderán el número total de puntos que correspondan."
Esas infracciones muy graves son:

No respetar los límites de velocidad reglamentariamente establecidos o circular en un tramo a una velocidad media superior a la reglamentariamente establecida, de acuerdo con lo recogido en el anexo IV. art. 77 a, TRLTSV
La conducción por las vías objeto de esta Ley habiendo ingerido bebidas alcohólicas con tasas superiores a las que reglamentariamente se establezcan, y en todo caso, la conducción bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y cualquier otra sustancia de efectos análogos, art. 77 c), TRLTSV
Incumplir la obligación de todos los conductores de vehículos de someterse a las pruebas que se establezcan para la detección de posibles intoxicaciones de alcohol, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias análogas, y la de los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en algún accidente de circulación, art. 77 d), TRLTSV
La conducción temeraria, art. 77 e), TRLTSV
La circulación en sentido contrario al establecido, art. 77 f), TRLTSV
Participar en competiciones y carreras de vehículos no autorizadas, art. 77 g), TRLTSV
Conducir vehículos que tengan instalados inhibidores de radar o cualesquiera otros mecanismos encaminados a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, art. 77 h), TRLTSV
El exceso en más del 50 por 100 en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por 100 en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre, art. 77 i), TRLTSV
Obtención del permiso o licencia de conducción por el titular por el mero transcurso del tiempo
El art. 63.4 y 65, TRLTSV contiene determinadas previsiones que suponen la obtención, por el titular del permiso o licencia de conducción, por el mero transcurso del tiempo, por no haber cometido infracciones sin cometer infracciones de las que llevan aparejadas la pérdida de puntos.

Estos supuestos son:

2 años sin ser sancionado en firme en vía administrativa, por infracciones graves que lleven aparejada la pérdida de puntos: crédito inicial de 12 puntos
3 años sin ser sancionado en firme en vía administrativa, por infracciones muy graves que lleven aparejada la pérdida de puntos: crédito inicial de 12 puntos
2 años desde la obtención del permiso sin haber sido sancionados en firme en vía administrativa por la comisión de infracciones que impliquen la pérdida de puntos: crédito inicial de 12 puntos
2 años desde la recuperación (nueva obtención) del permiso sin haber sido sancionados en firme en vía administrativa por la comisión de infracciones que impliquen la pérdida de puntos: crédito inicial de 12 puntos
3 años manteniendo la totalidad de los puntos al no haber sido sancionados en firme en vía administrativa por la comisión de infracciones: bonificación de 2 dos puntos adicionales (14 puntos)
6 años sin ser sancionado y habiendo mantenido la totalidad de los puntos: bonificación de 1 un punto (15 puntos, máximo saldo permitido)
Obtención por la realización de cursos
El TRLTSV contiene previsiones sobre la forma de recuperar puntos y, así, incrementar el saldo de puntos del titular, mediante la realización de cursos de sensibilización y reeducación vial.

El art. 65.4, TRLTSV establece la posibilidad de recuperar hasta un máximo de seis puntos, con la limitación de que este tipo de cursos pueden realizarse por una sola vez cada dos años, excepto en el caso de los conductores profesionales que podrán realizar el citado curso con frecuencia anual.

El apartado 3 del Anexo I del TRLTSV define conductor profesional como:

"Toda persona provista de la correspondiente autorización administrativa para conducir, cuya actividad laboral principal sea la conducción de vehículos a motor dedicados al transporte de mercancías o de personas, extremo que se acreditará mediante certificación expedida por la empresa para la que ejerza aquella actividad, acompañada de la correspondiente documentación acreditativa de la cotización a la Seguridad Social como trabajador de dicha empresa, certificación que, para el caso de los empresarios autónomos será sustituida por una declaración del propio empresario."
Para el caso de la pérdida total de puntos y declaración de pérdida de vigencia del permiso o licencia de conducción, el art. 71.2 TRLTSV establece que:

"El titular de un permiso o licencia de conducción cuya pérdida de vigencia haya sido declarada como consecuencia de la pérdida total de los puntos asignados podrá obtener nuevamente un permiso o licencia de conducción de la misma clase de la que era titular, transcurridos los plazos señalados en el apartado anterior, previa realización y superación con aprovechamiento de un curso de sensibilización y reeducación vial y posterior superación de las pruebas que reglamentariamente se determinen."

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